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En Singmaringendorf, ciudad hermanada con Rafaela, las aplicaciones tienen un mínimo de dos a cinco metros

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Esto se desprende de la legislación vigente y actualizada en Alemania, donde sólo la restricción del glifosato hacia 2023 no parece cerrada aún.

Lejos de limitar la actividad productiva, Europa viene debatiendo el reemplazo del glifosato y corriendo plazos en estas definiciones.

Se supo hace semanas que sería el 31 de diciembre de 2023 cuando en Alemania ya no se utilice el glifosato para combatir malezas en los cultivos, de acuerdo a la planificación de ese gobierno, en línea con lo que el viejo continente estima para finales de 2022.

En julio de 2019 el Parlamento de Austria aprobaba la prohibición de uso de ese producto, aunque con diferencias en el recinto ya que la Comisión Europea no puede clasificarlo como cancerígeno. En ese mismo acto legislativo se prohibía absolutamente desde este 2021 la venta de bolsas descartables de plástico, para evitar entre cinco y siete mil toneladas de residuos, con una progresión de un año en la salida de la disponibilidad, a menos que sean biodegradables y que estén fabricadas de materiales renovables.

En 2015, el grupo de investigación sobre cáncer de la Organización Mundial de la Salud, IARC, clasificó al glifosato como “posiblemente cancerígeno para humanos”, es por eso que cabe destacar que la intención en Alemania sobre el producto se enmarca en una campaña del Ministerio de Medio Ambiente que lucha contra la extinción de los insectos, sobre todo en cuanto a las abejas, en pos de la biodiversidad.

El Gobierno alemán propone “reducir sistemáticamente” el uso de productos que contengan glifosato en parques, jardines privados y en los campos antes de las cosechas, en un camino de eliminación progresiva que permitirá el desarrollo de nuevos productos que reemplacen al glifosato en el combate de malezas, para poder seguir produciendo alimentos en la misma proporción actual.

En este marco, se destinarán cien millones de Euros al año para la promoción de medidas de protección para los insectos dentro y fuera del territorio agrícola, así como para investigación, mientras que ya se multiplican en diferentes municipios de ese país áreas sembradas de flores que permiten la multiplicación y subsistencia de insectos polinizadores.

Demonizado por ecologistas, pero sin comprobaciones contundentes sobre sus efectos, en la propia Alemania la alianza Bayer-Monsanto se manifestó en contra de la decisión oficial y explicó que “esta decisión ignora décadas de evaluaciones científicas de agencias reguladoras independientes […] el glifosato es seguro cuando se emplea correctamente”, según Liam Condon, presidente del departamento de cultivos.

Con énfasis en la restricción de aplicaciones al lado de los cursos de agua, se plantea la posibilidad de extender un perímetro de prohibición de cinco a diez metros en función de la vegetación presente en las orillas, el gobierno dejará cierta flexibilidad a las autoridades locales para decidir, dentro del límite de una distancia mínima, según apuntara la ministra de Agricultura, Julia Klöckner.

Son las organizaciones agrícolas de Alemania, las que afirman que al menos el siete por ciento de las tierras cultivadas se ven amenazadas por las medidas propuestas, manifestado esto en una carta directa a la canciller Angela Merkel.
Los agricultores alemanes se sienten indefensos ante la presión de políticos y organizaciones medioambientales. Ellos son los primeros en querer defender a los insectos beneficiosos porque les aseguran la polinización de sus cosechas.
Además demandan normas compatibles con una agricultura moderna y que les asegure la competitividad con otros países de la Unión Europea, pero también con los extracomunitarios, no solo de cara las importaciones en el mercado alemán, sino también respecto a las exportaciones alemanas al mundo.

¿Qué pasa en Singmaringendorf?

El Bundesanzeiger es en Alemania lo que para nosotros es el Boletín Oficial. Esta Gaceta Federal se expresa específicamente sobre las distancias de aplicación en cuanto a los fitosanitarios.
En Alemania y en la ciudad hermana de Rafaela la distancia mínima de aplicación es de dos a cinco metros.

La Oficina Federal para la Protección del Consumidor y la Seguridad Alimentaria de ese país dispuso en la resolución BVL 16/02/02 que cuando se utilizan productos fitosanitarios, la deriva puede exponer a personas no involucradas, ya sean traseúntes o residentes en las zonas a tratar. Sobre esto en 2008, se habían publicado los riesgos y recomendaciones que se ponían en vigencia a través del Boletín Federal que quedó obsoleta con nuevos modelos de evaluación basados ​​en un documento de orientación de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).

Con ese reemplazo a partir de la directriz para la evaluación de la exposición de usuarios, trabajadores, residentes y transeúntes entró en vigencia el 1º de enero de 2016. De acuerdo con el artículo 3 de la Ley de Protección Fitosanitaria, sólo puede llevarse a cabo de conformidad con las buenas prácticas, que es un marco de desempeño para agricultores, silvicultores y jardineros.

La práctica profesional en protección vegetal debe evitar la deriva desde el área tratada y se deben mantener distancias suficientes a las áreas residenciales, jardines, áreas de ocio y deportivas. Al evaluar productos fitosanitarios en el proceso de aprobación, se asume que la distancia mínima a los transeúntes y residentes para aplicaciones en cultivos es de dos metros, mientras que para aplicaciones en áreas más amplias es de cinco metros como mínimo.

La medida detalla que “las razones de estas distancias las proporcionan las mediciones de deriva, basadas en los modelos de exposición de terceros”, al tiempo que “para distancias más pequeñas no hay declaraciones cuantitativas sobre el potencial de la exposición posible. Por lo tanto, distancias más pequeñas conllevan un riesgo que no está cubierto matemáticamente por el modelo y contradice los criterios de aprobación de la Ley de Protección Vegetal”.

Allí en el artículo 17, las distancias mínimas especificadas destinadas al público en general se refiere a terrenos con edificaciones residenciales y jardines de uso privado, así como a terceros ajenos que usen caminos por donde circulen productos fitosanitarios.

También se aplica una ordenanza del Gobierno Estatal sobre los requisitos de fertilización en ciertas áreas para proteger los cuerpos de agua de la contaminación

Al 7 de febrero de 2021, la versión más reciente de la edición completa disponible se basa en los párrafos 1, 3 y 7 de la Ordenanza de Fertilizantes (DüV) del 26 de mayo de 2017, enmendado por el artículo 1 de la Ordenanza del 28 de abril de 2020. Esta ordenanza apunta a la protección de las aguas de la contaminación por nitratos o fosfatos que son acordadas mutuamente por los ministerios responsables de la agricultura y la gestión del agua de acuerdo con los requisitos del reglamento administrativo general para la designación de áreas contaminadas con nitratos y eutróficas que se detallan en mapas regionales disponible para habitantes, productores y profesionales, de forma abierta y gratuita.

La aplicación de estiércol de granja, así como de fertilizantes orgánicos y orgánico-minerales, que se obtienen de biodigestores e incluso el funcionamiento de una planta de biogás, solo se llevará a cabo si el contenido de estos fertilizantes en nitrógeno total, nitrógeno disponible o nitrógeno amónico y fosfato total se ha determinado sobre la base de métodos de medición científicamente reconocidos por el propietario, o en su nombre antes de la aplicación. El resultado de la prueba no debe tener más de doce meses en el momento de la aplicación;

Las cantidades esenciales de nitrógeno disponible en el suelo de cada campo o unidad de manejo, excepto en áreas de pastizales, áreas de pastizales permanentes y áreas con cultivo de forrajes, en campos con labranza múltiple, al momento de la fertilización, se hacen al menos una vez al año.

En caso de haber una pendiente considerable en el terreno, se debe mantener una distancia mínima de diez a 30 metros respecto al borde del desnivel, aplicable esto a lotes de menos de 20 hectáreas con destino agrícola.

Las explotaciones ganaderas que dispongan de pastizales temporales o permanentes propios, para la correcta aplicación del estiércol líquido producido en la explotación, deberán asegurarse de tener al menos la capacidad de almacenar de forma segura el estiércol líquido producido en un período de seis meses.